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Exámenes Médicos

Resolución 37/2010 SRT

EXÁMENES MÉDICOS EN SALUD

1. Pre ocupacionales: tienen como propósitos determinar la aptitud del postulante conforme sus condiciones psicofísicas para el desempeño de las actividades que se le requieran, sirve para detectar patologías prexistentes, la realización de los exámenes pre laborales es obligatorio siendo responsabilidad del empleador la realización de los mismos. ¿Que incluye el examen pre ocupacional?

  • Examen físico completo, que abarque todos los aparatos y sistemas, incluyendo agudeza visual;
  • RX panorámica de tórax;
  • Electrocardiograma;
  • Análisis de Laboratorio: hemograma, eritro, uremia, glucemia, orina;
  • Audiometría;
  • Declaración jurada respecto a las patologías de su conocimiento.

2. Periódicos: tienen como objeto la detección precoz de afecciones producidas por los agentes de riesgo a los cuales están expuestos los trabajadores con el fin de evitar el desarrollo de enfermedades profesionales. La periodicidad de su realización dependerá del riesgo al que está expuesto (por ejemplo en los trabajadores expuestos a ruido se realizara una audiometría cada 6 meses luego del ingreso laboral). Los exámenes periódicos son responsabilidad de las ART.

3. Exámenes previos a la transferencia de actividad: son obligatorios cuando el lugar donde se traslada al empleado tiene uno o más factores de riesgo que en su anterior puesto de trabajo, siendo asimismo optativos si el puesto donde se traslada determina el cese de exposición a los factores de riesgo, son responsabilidad del empleador.

4. Exámenes posteriores a ausencias prolongadas: generalmente se considera como ausencia prolongada a una ausencia de su puesto de trabajo igual o mayor a los 30 días, el examen tiene por objeto detectar las patologías que pudieron haber aparecido durante su ausencia, tienen carácter optativo debiendo realizarlas la ART.

5. Examen de egreso: tienen como propósito comprobar el estado de salud frente a los elementos de riesgo a los que hubiere sido expuesto el trabajador al momento de la desvinculación, tienen carácter optativo y se realizaran entre los 10 días anteriores y los 30 días posteriores a la finalización de la relación laboral, siendo responsabilidad de la ART.

Exámenes de salud solicitados de acuerdo al riesgo al cual se encuentra expuesto el trabajador:

1. Vibraciones:

  • Examen clínico con orientación neurológica, osteoarticular y circulatorio;
  • EEG;
  • Informe psicotécnico de aptitud para el desarrollo de la tarea.

2. Trabajo en altura:

  • Examen clínico con orientación neurológica, osteoarticular y circulatoria;
  • EEG;
  • Informe Psicotécnico.

3. Conducción de vehículos motorizados, autoelevadores, grúas, de pasajeros, etc.:

  • Examen clínico con orientación neurológica, osteoarticular y circulatoria;
  • Examen de agudeza visual y campo visual;
  • RX columna lumbosacra frente y perfil;
  • RX columna cervical frente y perfil;
  • EEG;
  • Informe Psicotécnico.

4. Carga Térmica:

  • Examen físico, neurológica, osteoarticular y circulatorio;

5. Espacios confinados:

  • Examen físico, neurológica, osteoarticular y circulatorio;
  • Informe Psicotécnico;
  • Cuestionario direccionado Anexo IV Resol 37/10.

6. Trabajos eléctricos:

  • Examen físico, neurológica, osteoarticular y circulatorio;

7. Levantamiento de pesos manual, gestos repetitivos y posiciones forzadas:

  • Examen físico, neurológica, osteoarticular y circulatorio;
  • RX columna cervical;
  • RX columna lumbosacra;
  • RX muñecas;
  • Cuestionario direccionado Anexo V Resol 37/10.

8. Exposición a polvos, humos y vapores:

  • Examen clínico y de aparato respiratorio;
  • Espirometría.

9. Exposición a ruido:

  • Audiometría con informe.

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